Normativa10 de abril de 20246 min de lectura

Guía de la NOM-004: qué debe tener tu expediente clínico

Qué exige la NOM-004-SSA3-2012 a tu consultorio privado y cómo cumplirla sin volverte loco con el papeleo.

Qué es la NOM-004 y a quién aplica

La NOM-004-SSA3-2012 define cómo debe armarse, usarse y guardarse un expediente clínico en México.

Aplica igual a un hospital grande que a un consultorio de un solo médico. Si la incumples, COFEPRIS puede multarte o suspender tu actividad.

Lo que tu expediente debe contener

  • Ficha de identificación: nombre completo, edad, sexo, domicilio. Sin abreviaturas.
  • Historia clínica: se hace en la primera consulta. Incluye antecedentes familiares, personales patológicos (alergias, hábitos) y no patológicos.
  • Nota de evolución: una por visita. Formato SOAP recomendado. Con signos vitales, diagnóstico y tratamiento.
  • Consentimiento informado: obligatorio para procedimientos. Es tu mejor defensa legal.

¿De quién es el expediente?

El expediente (físico o digital) es tuyo, del médico o la clínica que lo genera. Pero el paciente tiene derecho a la información.

Si te lo pide, no entregas el original. Le das un Resumen Clínico por escrito.

Cuánto tiempo hay que guardarlo

Mínimo 5 años desde el último acto médico. En papel eso son cajas, humedad y riesgo de perder información. En digital eso se resuelve solo.

Cómo cumplir sin sufrir

Un expediente digital como Docx bloquea campos vacíos, impide borrar notas firmadas y guarda todo con respaldo automático. Tú te enfocas en el paciente, la norma se cumple sola.

Fuentes oficiales

DocX

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